Jorge Manco Zaconetti. Investigador de la UNMSM
La evidencia histórica constata la elevada rentabilidad de las empresas mineras, con utilidades extraordinarias producto de los altos precios de los minerales, que no están siendo compartidas con sus trabajadores en el marco de la teoría de la responsabilidad social.
La evidencia histórica constata la elevada rentabilidad de las empresas mineras, con utilidades extraordinarias producto de los altos precios de los minerales, que no están siendo compartidas con sus trabajadores en el marco de la teoría de la responsabilidad social.
Mientras
el sector minero mantiene una serie de beneficios tributarios, los
cuales resultaron positivos para promover la inversión desde 1992 cuando
la misma era apenas de 22 millones de dólares y hacia 2011 ya superaban
los 7,000 millones, los trabajadores mineros no se han beneficiado del
llamado "boom minero", de allí los recurrentes conflictos, huelgas
indefinidas y paralizaciones que pueden afectar la gobernabilidad.
Las
remuneraciones de los trabajadores, tanto en sus ingresos básicos como
en los colaterales deben estar en función de la rentabilidad,
productividad y alto riesgo que tiene la actividad minera, donde los
accidentes fatales son recurrentes.
Sin
embargo, las empresas mineras regulan los aumentos en función de un
pacto extraoficial, y del deprimido mercado salarial. Es más, comparan
interesadamente los ingresos de los trabajadores mineros con los sueldos
de los maestros y médicos, dejando de lado la creación de riqueza.
Mientras
un trabajador minero genera riqueza, que se materializa como excedente o
beneficios, en lo que Adam Smith denominaría "trabajo productivo", un
maestro o médico del servicio público, por más noble que sea su
profesión no genera renta inmediata, presta un servicio que se financia
con los ingresos tributarios que capta el fisco, donde el impuesto a la
renta abonado por las empresas mineras resulta fundamental.
De
acuerdo con las estadísticas de 2011, más del 33% de los ingresos por
concepto del impuesto a la renta de tercera categoría provienen de la
actividad minera y en algunos años llegó a representar el 50%.
De
allí la importancia de elevar los sueldos y salarios de los
trabajadores mineros de acorde a la posición de mercado de la empresa,
productividad, riesgo del trabajo y rentabilidad.
Con
ello se eleva la capacidad de gasto en las provincias, por el efecto
multiplicador del consumo favoreciendo la economía regional y local.
Es
más, trabajadores remunerados con equidad se constituyen en aliados
estratégicos para enfrentar y resolver los conflictos sociales frente a
los actores antimineros, que tienen una visión fundamentalista frente al
sector, obviando que la minería responsable puede convivir con la
agricultura, con el turismo, generando las sinergias positivas, y los
ingresos generados como canon y regalías que permiten financiar las
ventajas competitivas, con educación y salud de calidad en las
provincias.
En tal sentido, si no fuera por la
participación de los trabajadores en las utilidades antes de impuestos,
la situación de los trabajadores sería difícil y desesperada pues tiene
un efecto compensatorio ante los deprimidos salarios mineros. Se debe
tener en cuenta que el 8% de la utilidad antes de impuestos se
distribuye a los trabajadores en las actividades extractivas (minería),
10% en la industria y 5% en los servicios, teniendo como límite por
trabajador las 18 remuneraciones totales.
Es
decir, un trabajador no puede percibir más de las 18 remuneraciones
normales que incluyen el básico y los beneficios, por concepto de
participación en las utilidades.
De allí que importantes
montos no distribuidos a los trabajadores mineros benefician a las
regiones para las inversiones en infraestructura y en la promoción de
empleo, por medio del organismo Fondoempleo.
En
el sector minero, los limitados incrementos salariales experimentados
en los años de bonanza se explican por la limitada capacidad
representativa de los sindicatos, pues el grueso de la población laboral
está en las llamadas empresas contratistas, es decir, los servicios de
terceros.
Y si los incrementos al básico están
regulados por la inflación anual, que es estimada por el llamado índice
de precios al consumidor (IPC) que expresa la variación anual promedio
de los precios de bienes y servicios, se tienen incrementos reales
anuales irrisorios de 2% o 3% a lo mucho, porcentajes que no guardan
proporción alguna con la riqueza creada.
En
especial, debiera preocupar la huelga indefinida de los trabajadores
obreros de Shougang Hierro Perú Marcona, como la anunciada paralización
de los sindicatos unificados de Southern Perú Copper Corporation (SPCC)
en las unidades de Ilo, Cuajone y Toquepala, y otros sindicatos que no
están experimentando ninguna bonanza salarial.
De
allí la necesidad de un mayor diálogo entre empresas y trabajadores
para alcanzar una justa redistribución de la riqueza que permita
afianzar la democracia.
Fecha:01/11/2012
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