Imagine que usted es un inspirado capitalista que  decide fundar una empresa innovadora y de prestigio, donde tiene el compromiso  de mejorar la calidad de su servicio reinvirtiendo parte de sus ganancias, y que  esa iniciativa la decide hacer en la educación superior. Y que de pronto, la 
autoridad  tributaria le dice que tiene que pagar impuestos acumulados de hace 10  años.
Ahora imagine que usted es parte del actual gobierno, con el compromiso de  mejorar los niveles de recaudación para cumplir una amplia lista de objetivos de  inclusión social, y con la convicción de reducir el tinglado de beneficios  tributarios que existen en el Perú. Y que debe hacer que la mayor cantidad de  peruanos paguen sus impuestos.
Por último, póngase en los zapatos de un padre de familia con dos hijos a los  que con mucho esfuerzo, mantiene en universidades de renombre, y que a final de  mes ve cómo las pensiones mensuales suben, nunca bajan.
Estas y otras ópticas son relevantes para analizar la propuesta del Ejecutivo  que busca eliminar la ampliación de las exoneraciones tributarias en las  entidades educativas privadas formadas como sociedades comerciales con fines de  lucro.
LEY RETRO
La propuesta, presentada el pasado 13 de  octubre y sustentada por la viceministra de Economía, Laura Calderón, pide  eliminar la Ley 29766, aprobada el pasado 23 de julio por el Congreso de aquel  entonces, que precisó los alcances del Decreto Legislativo 882, Ley de Promoción  de la Inversión en Educación, de 1995. Ese decreto creó un crédito tributario  por reinversión, pero no estableció fecha de culminación.
Esto generó interpretaciones que ni la autoridad tributaria se preocupó de  aclarar. Pero, según el Código Tributario de aquel entonces (argumento tomado  por el MEF), se indica que todo beneficio sin fecha de culminación debe vencer a  los tres años.
La ley de julio pasado aclaró que tal beneficio también estuvo vigente para  el período 1999-2008, para las entidades educativas privadas con fines de  lucro.
En la anécdota queda que esto se aprobó rápido, sin pasar por comisiones y en  primera votación. “Sí, fue una de las perlitas que nos dejó la última Comisión  Permanente del anterior Congreso”, recuerda un parlamentario que prefiere no  figurar en la controversia.
MONTO
“Esos beneficios fueron dados con retroactividad,  son inconstitucionales. La Sunat inició acciones de acotación desde el 2001 a  las instituciones educativas que se siguieron beneficiando, por un monto de  S/.150 millones”, explica Calderón del MEF.
Tal cifra sería la que se cobraría a las entidades afectadas, de aprobarse lo  demandado por el MEF.
Calderón asegura además que un 90% de esta deuda está concentrada solo en  cuatro de la entidades del sector.
“Desde el punto de vista conceptual, hay que revisar y hacer, probablemente,  una racionalización de los beneficios tributarios, ya que muchos no  necesariamente han cumplido sus objetivos y muchos beneficiaron a sectores que  no estaban comprendidos en las normas. En el Perú, el 1,5% del PBI son gastos  tributarios”, refería la funcionaria ante la” Comisión de  Economía”:http://elcomercio.pe/tag/247614/comision-de-economia.
HERIDOS
¿Cuántas entidades estarían afectadas con la  iniciativa del MEF? De acuerdo con información de la página web de la misma  Sunat, se trata de 23 entidades, entre universidades e institutos  superiores.
La Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC), Universidad San Ignacio  de Loyola, Universidad Tecnológica del Perú, Universidad Científica del Sur,  Universidad Le Cordon Bleu, Universidad Alas Peruanas, Universidad César Vallejo  y otras entidades. Todas están en este grupo.
“Si se busca supervisar (y sancionar), que se haga,  no tenemos problema. Pero por eso no se va a negar un beneficio, que  constitucionalmente nos corresponde”, comenta 
Luis  Bustamante, presidente de la Federación de Instituciones Privadas de  Educación Superior (Fipes), que reúne a una parte de las entidades afectadas por  la propuesta.
PRIVADO
“Cuatro gobiernos consecutivos dieron por sentada  la vigencia de este régimen tributario. Además, los actos propios del Estado  (esquema de pagos en la Sunat, el proceso de presentación de los programas de  reinversión en el Ministerio de Educación y en el ente recaudador, entre otros)  confirmaban que el régimen siempre existió. ¿Por qué ahora revisarlo?”, comenta  Bustamante.
El presidente de Fipes, quien ha sido el abanderado del tema por el lado  privado, indica otro argumento fuerte en esta discusión: las otras entidades  educativas privadas, es decir las formadas como sociedades sin fines de lucro,  no pagan y no pagarán Impuesto a la Renta. ¿Nombres? La Universidad del  Pacífico, la Pontificia Universidad Católica del Perú, la Universidad de Lima,  la Universidad Cayetano Heredia, la Universidad de Piura y la Universidad  Particular San Martín de Porres.
“Es decir, se presenta una situación de discriminación con algunas  instituciones. Eso es inaceptable”, refiere. Cabe indicar que los centros de  estudio mencionados tienen ese trato diferente justamente porque no tienen un  fin lucrativo e invierten todos sus ingresos en la mejora educativa.
De otro lado, Bustamante también hace ver que desde el 2009 en adelante sus  representadas pagan Impuesto a la Renta.
La diferencia de organización y la posición frente a las demandas tributarias  es un tema sobre el que se discute permanentemente al interior de la Asamblea  Nacional de Rectores (ANR), según pudo saber Día_1. La ANR no ha llegado a tener  una posición conjunta de todas las universidades particulares contra la  propuesta presentada por el MEF.
Es probable que la competencia entre universidades tenga que ver con la falta  de una posición común.
PAGAR O NO PAGAR
El tema no genera consenso entre los  entendidos. “Se genera un clima de inseguridad en los contribuyentes, a raíz de  esta discusión. Esta exoneración igualaba la situación entre entidades con fines  de lucro y las otras, y la Sunat la aceptaba antes pero ahora no. Parece que no  se entiende que es un mecanismo de incentivo a la inversión, no un beneficio”,  explica José Gálvez, socio del estudio Gálvez & Dolorier.
“Es bueno reinvertir en educación, pero también hay que tributar. Los  impuestos benefician a todos”, comenta Samuel Abad, socio del Estudio  Echecopar.
“Las exoneraciones no son convenientes en general. Creo que los cambios deben  ubicarse dentro de una reforma tributaria general”, comenta Geoffrey Cannock,  economista de Apoyo Consultoría.
¿Entra en esta discusión la opinión de quienes pagan las pensiones? Sí. “Se  desconoce su real impacto en la calidad de la educación superior privada y en  los costos de la educación para los estudiantes”, afirma el tributarista Luis  Alberto Arias.
“Somos testigos de que las pensiones solo suben, no  bajan”, comenta Crisólogo Cáceres, de 
Asociación Peruana de  Consumidores (Aspec).