Imagine que usted es un inspirado capitalista que decide fundar una empresa innovadora y de prestigio, donde tiene el compromiso de mejorar la calidad de su servicio reinvirtiendo parte de sus ganancias, y que esa iniciativa la decide hacer en la educación superior. Y que de pronto, la
autoridad tributaria le dice que tiene que pagar impuestos acumulados de hace 10 años.
Ahora imagine que usted es parte del actual gobierno, con el compromiso de mejorar los niveles de recaudación para cumplir una amplia lista de objetivos de inclusión social, y con la convicción de reducir el tinglado de beneficios tributarios que existen en el Perú. Y que debe hacer que la mayor cantidad de peruanos paguen sus impuestos.
Por último, póngase en los zapatos de un padre de familia con dos hijos a los que con mucho esfuerzo, mantiene en universidades de renombre, y que a final de mes ve cómo las pensiones mensuales suben, nunca bajan.
Estas y otras ópticas son relevantes para analizar la propuesta del Ejecutivo que busca eliminar la ampliación de las exoneraciones tributarias en las entidades educativas privadas formadas como sociedades comerciales con fines de lucro.
LEY RETRO
La propuesta, presentada el pasado 13 de octubre y sustentada por la viceministra de Economía, Laura Calderón, pide eliminar la Ley 29766, aprobada el pasado 23 de julio por el Congreso de aquel entonces, que precisó los alcances del Decreto Legislativo 882, Ley de Promoción de la Inversión en Educación, de 1995. Ese decreto creó un crédito tributario por reinversión, pero no estableció fecha de culminación.
Esto generó interpretaciones que ni la autoridad tributaria se preocupó de aclarar. Pero, según el Código Tributario de aquel entonces (argumento tomado por el MEF), se indica que todo beneficio sin fecha de culminación debe vencer a los tres años.
La ley de julio pasado aclaró que tal beneficio también estuvo vigente para el período 1999-2008, para las entidades educativas privadas con fines de lucro.
En la anécdota queda que esto se aprobó rápido, sin pasar por comisiones y en primera votación. “Sí, fue una de las perlitas que nos dejó la última Comisión Permanente del anterior Congreso”, recuerda un parlamentario que prefiere no figurar en la controversia.
MONTO
“Esos beneficios fueron dados con retroactividad, son inconstitucionales. La Sunat inició acciones de acotación desde el 2001 a las instituciones educativas que se siguieron beneficiando, por un monto de S/.150 millones”, explica Calderón del MEF.
Tal cifra sería la que se cobraría a las entidades afectadas, de aprobarse lo demandado por el MEF.
Calderón asegura además que un 90% de esta deuda está concentrada solo en cuatro de la entidades del sector.
“Desde el punto de vista conceptual, hay que revisar y hacer, probablemente, una racionalización de los beneficios tributarios, ya que muchos no necesariamente han cumplido sus objetivos y muchos beneficiaron a sectores que no estaban comprendidos en las normas. En el Perú, el 1,5% del PBI son gastos tributarios”, refería la funcionaria ante la” Comisión de Economía”:http://elcomercio.pe/tag/247614/comision-de-economia.
HERIDOS
¿Cuántas entidades estarían afectadas con la iniciativa del MEF? De acuerdo con información de la página web de la misma Sunat, se trata de 23 entidades, entre universidades e institutos superiores.
La Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC), Universidad San Ignacio de Loyola, Universidad Tecnológica del Perú, Universidad Científica del Sur, Universidad Le Cordon Bleu, Universidad Alas Peruanas, Universidad César Vallejo y otras entidades. Todas están en este grupo.
“Si se busca supervisar (y sancionar), que se haga, no tenemos problema. Pero por eso no se va a negar un beneficio, que constitucionalmente nos corresponde”, comenta
Luis Bustamante, presidente de la Federación de Instituciones Privadas de Educación Superior (Fipes), que reúne a una parte de las entidades afectadas por la propuesta.
PRIVADO
“Cuatro gobiernos consecutivos dieron por sentada la vigencia de este régimen tributario. Además, los actos propios del Estado (esquema de pagos en la Sunat, el proceso de presentación de los programas de reinversión en el Ministerio de Educación y en el ente recaudador, entre otros) confirmaban que el régimen siempre existió. ¿Por qué ahora revisarlo?”, comenta Bustamante.
El presidente de Fipes, quien ha sido el abanderado del tema por el lado privado, indica otro argumento fuerte en esta discusión: las otras entidades educativas privadas, es decir las formadas como sociedades sin fines de lucro, no pagan y no pagarán Impuesto a la Renta. ¿Nombres? La Universidad del Pacífico, la Pontificia Universidad Católica del Perú, la Universidad de Lima, la Universidad Cayetano Heredia, la Universidad de Piura y la Universidad Particular San Martín de Porres.
“Es decir, se presenta una situación de discriminación con algunas instituciones. Eso es inaceptable”, refiere. Cabe indicar que los centros de estudio mencionados tienen ese trato diferente justamente porque no tienen un fin lucrativo e invierten todos sus ingresos en la mejora educativa.
De otro lado, Bustamante también hace ver que desde el 2009 en adelante sus representadas pagan Impuesto a la Renta.
La diferencia de organización y la posición frente a las demandas tributarias es un tema sobre el que se discute permanentemente al interior de la Asamblea Nacional de Rectores (ANR), según pudo saber Día_1. La ANR no ha llegado a tener una posición conjunta de todas las universidades particulares contra la propuesta presentada por el MEF.
Es probable que la competencia entre universidades tenga que ver con la falta de una posición común.
PAGAR O NO PAGAR
El tema no genera consenso entre los entendidos. “Se genera un clima de inseguridad en los contribuyentes, a raíz de esta discusión. Esta exoneración igualaba la situación entre entidades con fines de lucro y las otras, y la Sunat la aceptaba antes pero ahora no. Parece que no se entiende que es un mecanismo de incentivo a la inversión, no un beneficio”, explica José Gálvez, socio del estudio Gálvez & Dolorier.
“Es bueno reinvertir en educación, pero también hay que tributar. Los impuestos benefician a todos”, comenta Samuel Abad, socio del Estudio Echecopar.
“Las exoneraciones no son convenientes en general. Creo que los cambios deben ubicarse dentro de una reforma tributaria general”, comenta Geoffrey Cannock, economista de Apoyo Consultoría.
¿Entra en esta discusión la opinión de quienes pagan las pensiones? Sí. “Se desconoce su real impacto en la calidad de la educación superior privada y en los costos de la educación para los estudiantes”, afirma el tributarista Luis Alberto Arias.
“Somos testigos de que las pensiones solo suben, no bajan”, comenta Crisólogo Cáceres, de
Asociación Peruana de Consumidores (Aspec).