El proyecto de ley que  grava a las universidades privadas con el Impuesto a la Renta ha  generado explicable preocupación. El tema es polémico y merece un amplio  debate para analizar la inconveniencia de una carga tributaria que  podría afectar a esas instituciones académicas.
Voceros de esas casas de estudio sostienen que de aprobarse dicha  norma se verían afectadas con un pago retroactivo de casi 150 millones  de soles por las utilidades reinvertidas. Del lado, del MEF y la Sunat, la exoneración de la que gozan responde a un beneficio temporal que solo duró tres años, entre 1996 y 1999.
La Constitución garantiza beneficios tributarios a las  universidades. Sin embargo, también precisa que “para las instituciones  educativas privadas que generen ingresos que por ley sean calificados  como utilidades, puede establecerse la aplicación del Impuesto a la  Renta” (art.19).
El proyecto es debatible. Lo importante es que no se perjudique el  progreso y la gestión de la universidad. Ni que esta propuesta responda a  arbitrariedades de la autoridad.
 
 
No hay comentarios:
Publicar un comentario