15:53 La distribución será de octubre, noviembre y diciembre de este año.
Para la presentación de la referida declaración se deberá ingresar a Sunat Operaciones en Línea (SOL) con su Código de Usuario y Clave SOL, seleccionar la opción “Descarga de Unidad de Producción” para complementar la información concerniente a la base de referencia e incluir, por cada unidad de producción, el tonelaje del mineral tratado proveniente de cada concesión.
Según una resolución de la Sunat publicada este jueves, se deberá utilizar el aplicativo informático PVS: Programa Validador de Sunat – “Información de Regalía Minera”, que estará disponible a partir del 25 de noviembre en el portal de la Sunat para validar el archivo señalado en el punto anterior y generar los archivos.
El resultado deberá grabarse en un medio magnético y presentarse en las oficinas del ente recaudador.
Base de referencia
Para los recursos minerales metálicos, la base de referencia será equivalente al valor bruto de las ventas de los productos obtenidos de procesos de lixiviación, flotación, gravimetría o concentrados.
En el caso de los recursos minerales metálicos sin cotización internacional, la base de referencia será equivalente al valor bruto de las ventas del componente minero (concentrado).
Para los recursos minerales no metálicos, el valor bruto de la venta del componente minero; para las empresas integradas que transformen sus propios productos, el equivalente al valor bruto de venta del producto final. Y para otros casos que impliquen algún retiro de concentrado o componente minero, no podrá ser menor que el valor de mercado.
Finalmente, si bien la declaración informativa se deberá presentar hasta el último día hábil del mes siguiente al que corresponda, de manera excepcional se ha previsto que para la declaración de octubre de este año, el plazo para la presentación será hasta el 5 de diciembre.
24/11/2011
Según una resolución de la Sunat publicada este jueves, se deberá utilizar el aplicativo informático PVS: Programa Validador de Sunat – “Información de Regalía Minera”, que estará disponible a partir del 25 de noviembre en el portal de la Sunat para validar el archivo señalado en el punto anterior y generar los archivos.
El resultado deberá grabarse en un medio magnético y presentarse en las oficinas del ente recaudador.
Base de referencia
Para los recursos minerales metálicos, la base de referencia será equivalente al valor bruto de las ventas de los productos obtenidos de procesos de lixiviación, flotación, gravimetría o concentrados.
En el caso de los recursos minerales metálicos sin cotización internacional, la base de referencia será equivalente al valor bruto de las ventas del componente minero (concentrado).
Para los recursos minerales no metálicos, el valor bruto de la venta del componente minero; para las empresas integradas que transformen sus propios productos, el equivalente al valor bruto de venta del producto final. Y para otros casos que impliquen algún retiro de concentrado o componente minero, no podrá ser menor que el valor de mercado.
Finalmente, si bien la declaración informativa se deberá presentar hasta el último día hábil del mes siguiente al que corresponda, de manera excepcional se ha previsto que para la declaración de octubre de este año, el plazo para la presentación será hasta el 5 de diciembre.
24/11/2011
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